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Para agilizar el proceso, te recomendamos que tengas a mano la siguiente información:

  • NIF, CIF, NIE o PASAPORTE (el tuyo y el de los asegurados)
  • Número de cuenta bancaria para la domiciliación de los recibos
  • Tu teléfono móvil para el proceso de la firma electrónica

¿Qué es la firma electrónica?El método más rápido y seguro para certificar la firma de tu póliza. El objetivo que se pretende es asegurar la identidad de su persona y constituye una prueba del consentimiento, vinculación y aprobación de la información contenida en su documentación contractual. Nuestro tercero de confianza se encargará de certificar electrónicamente la aceptación de las condiciones generales y particulares de tu póliza mediante la firma electrónica.
¿Cómo es el proceso de la firma? muy sencillo, desde tu correo electrónico o con un simple mensaje a tu teléfono móvil.

Las presentes Condiciones de contratación a distancia resultarán de aplicación a los servicios proporcionados a través de ASISA ON LINE así como a los servicios prestados a través de las llamadas realizadas a los teléfonos de contacto facilitados en el portal.

 

1. IDENTIFICACIÓN Y ACTIVIDAD PRINCIPAL DE ASISA VIDA.

  • ASISA VIDA SEGUROS, S.A.U
  • C.I.F. A87425070
  • Calle Juan Ignacio Luca de Tena nº. 12. 28027, Madrid (MADRID)
  • https://www.asisa.es
  • Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, hoja 613345, folios 49, tomo 34096 general, sección 8ª.
  • Inscrita en el Registro de Entidades Aseguradoras: clave inscripción C-0801.
  • Actividad principal: seguros vida.
  • Autoridad de Supervisión: Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

 

2. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.

A través de ASISA ON LINE, el usuario recibe una tarificación del seguro conforme a los datos facilitados y solicita la contratación del mismo una vez aceptado el precio y facilitado sus datos bancarios. La descripción de las principales características del seguro así como las condiciones generales de contratación se encuentran disponibles durante el proceso de solicitud de contratación, pudiendo el usuario consultarlas.

En caso de que la solicitud no requiera valoración por parte del departamento de suscripción de la Compañía, la póliza será emitida en el momento.

En caso de que se requiera más información por parte del cliente; ampliación de los datos de salud, o cualquier otro dato de riesgo, ASISA VIDA SEGUROS S.A.U contactará con el cliente con el fin de solicitarle los datos necesarios para la correcta valoración de la prima. Una vez valorados, ASISA VIDA SEGUROS S.A.U. comunicará al cliente la prima definitiva, informándole de las posibles sobreprimas, exclusiones o rechazo de póliza que pudieran surgir.

Al final del proceso de contratación on-line se procederá a la firma digital de la póliza, obteniendo la documentación en ese mismo momento.Una vez introducido el código que le será facilitado por correo electrónico o mensaje SMS al tomador del seguro, comenzará el proceso de firma electrónica y se le llevará a una página en la que se mostrarán las condiciones generales y particulares del seguro así como los datos rellenados en el cuestionario de salud. Estos documentos podrán descargarse en formato PDF. Una vez leídas y confirmadas tanto las condiciones como el cuestionario de salud, se le dará la opción de “ACEPTAR” o “RECHAZAR” el contrato; marcando “ACEPTAR” y haciendo clic en el botón “FIRMAR”, declara que acepta el contenido del contrato y finaliza el proceso de contratación. En caso de que la opción seleccionada sea la de “Rechazar” aparecerá un recuadro en el que se preguntará el motivo por el cual se rechaza el contrato.

El tomador dispondrá de un plazo de 15 días para aceptar o rechazar el contrato, a contar desde la recepción de la aceptación de la solicitud por ASISA mediante correo electrónico en el que se le informa de que ya puede proceder a su firma electrónica.

El seguro entrará en vigor en el momento en que el tomador firma el contrato y, en todo caso, cuando se haya hecho efectiva la primera prima, salvo pacto expreso en contrario.

Una vez formalizado el contrato, ASISA lo almacenará en soporte electrónico, accesible al usuario en caso de solicitarlo, que sirva a los efectos de almacenar la información conservándola duraderamente, permitiendo su recuperación y/o reproducción sin cambios.

 

3. MEDIOS TÉCNICOS DE IDENTIFICACIÓN Y CORRECCIÓN DE ERRORES.

Al facilitarnos los datos en el proceso de solicitud de contratación, el usuario puede modificarlos mediante el botón de navegación “VOLVER”, presente en todos los pasos del proceso.

 

4. LENGUA.

La lengua española será la utilizada para la formalización del contrato y la ejecución de las prestaciones del mismo.

 

5. DESISTIMIENTO.

El tomador del seguro dispondrá de un plazo de 14 días naturales desde el día de la celebración del contrato o desde el día que reciba las condiciones e información contractual -si esta recepción fuese posterior-, sin indicación de los motivos, para desistir del contrato a distancia. ASISA podrá exigir el pago del servicio prestado con anterioridad al desistimiento (el importe de la prima que sea proporcional al tiempo transcurrido hasta el momento del desistimiento).

Para ello, deberá dirigirse por escrito a ASISA VIDA SEGUROS S.A.U., acompañando fotocopia de su D.N.I., a la dirección electrónica contratacionweb@asisa.es o mediante carta dirigida al departamento de PÓLIZAS, a la dirección social indicada en el apartado 1, indicando en el asunto: DESISTIMIENTO.

 

6. JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE.

Tanto las relaciones precontractuales como contractuales se regirán por la legislación española, con sometimiento a los jueces y tribunales de españoles y conforme a la competencia que determinen la Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley de Contrato de Seguro.

La contratación a distancia y electrónica de seguros se rige específicamente por la Ley 22/2007, de 11 de junio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

El seguro contratado se regirá por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro y la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Será competente para el conocimiento de las acciones derivadas de este contrato de seguro el Juez del domicilio del asegurado. En caso de que el cliente tenga su domicilio en el extranjero, designará uno en España a tales efectos.

 

7. MEDIOS DE RECLAMACIÓN E INDEMNIZACIÓN.

Los Tomadores del seguro, Asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes de cualquiera de ellos, podrán formular reclamaciones en vía interna ante el Delegado Provincial de ASISA, para lo cual tienen a su disposición, en las oficinas de la Entidad Aseguradora, un modelo de reclamación.

Sin perjuicio de cualquier otra instancia que pudiera resultar competente, las personas indicadas en el párrafo anterior podrán formular reclamación ante el SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE de la Entidad, de acuerdo con la normativa establecida en la Orden ECO/734/2004, para lo cual tienen a su disposición, en las oficinas de la Entidad Aseguradora, un modelo de reclamación.

Lo anterior es requisito previo para la formulación de la queja y reclamación, si ello diera lugar, ante el Comisionado para la Defensa del Cliente (artículos 62 y 63 de La Ley de Ordenación y Supervisión del Seguro Privado), adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (Paseo de la Castellana, 44, 28046 Madrid).

Algunos teléfonos de interés:
- Asisa contrata: 900 10 10 21
- Asisa informa: 91 991 19 99
contratacionvida@asisavida.es